CONTRATO
DE COMPRA VENTA
El
negocio se cierra con la firma de un Contrato ó Promesa de
Compra Venta. Este contrato puede obviarse si el negocio es con
un solo pago y los títulos de la propiedad esta saneados.
Luego vendedor y comprador pueden transferir los títulos,
el comprador tiene la propiedad y el vendedor tiene el dinero.
Los títulos son previamente estudiados por expertos y Paul
Juan comunicara claramente a las partes las condiciones de estos.
También garantizamos plena claridad en las condiciones de
este. Por ejemplo, los títulos de propiedad en las Islas
del Rosario no tienen registro, o sea que no son un titulo perfecto,
pero las propiedades en las Islas siguen teniendo gran demanda y
la gente compra a sabiendas de la imperfección del título.
Habiendo acordado precios y condiciones de pago se firma una promesa
de compra venta. Todas las parámetros del negocio se fijan
en el contrato: descripción e identificación del bien,
precio, condiciones de pago, etc. Un pago inicial del 10-20% se
acostumbra con la firma del contrato.
Con
la firma del contrato y el dinero que recibe, se le da tiempo al
vendedor para pagar los impuestos de la propiedad, las últimas
cuentas de servicios y desalojar el lugar. El comprador tiene el
tiempo para conseguir el dinero que debe pagar. Este contrato por
lo general tiene una cláusula penal en la cual si alguna
de las partes decide deshacer el negocio deberá pagar a la
otra el 50% del valor total del contrato y la comisión completa
al vendedor.
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El
día estipulado en el contrato se reúnen las partes
en una notaría, el vendedor trasfiere el título al
comprador y este paga al vendedor la suma completa. Formas de pago
usadas: transferencia bancaria, cheque de gerencia, no recomendamos
efectivo si es una suma considerable. La comisión al agente
vendedor también se paga este mismo día. En dos días
liberan la escritura para el perfeccionamiento del título
por parte del comprador.
EL
CIERRE
Si todo esta en regla, el negocio se puede finiquitar en unos 10
a 15 días. Si alguna de las partes necesita tiempo para arreglar
algo debe estipularlo bien en la contrato de compra venta para poder
cumplir. Se pueden hacer negocios en ausencia con poder debidamente
autenticado de un tercero que represente al comprador.
COSTOS
Los
derechos notariales normalmente se pagan por partes iguales entre
comprador y vendedor. La retención en la fuente es el impuesto
que el notario debe transferir al gobierno colombiano lo paga el
vendedor. El comprador debe pagar 3 impuestos entre estampillas,
impuesto pro hospitales, mas el derecho de registro, todos estos
suman un 2% del valor del inmueble. Una vez pagos estos impuestos
Paul Juan Inmuebles llevara al comprador a la Oficina de Registro
para el perfeccionamiento del titulo. Este tramite final puede demorar
hasta una semana mientras hacen la anotación del cambio de
dueño del bien.
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